En los contratos, ya sean de prestamos hipotecarios, personales, o aun los contratos que sean suscritos entre consumidores, y profesionales/empresarios, quedan regidos por la Directiva 93/13/UE, y por la Ley General de Consumidores y Usuarios.
Eso en definitiva, se traduce que los consumidores, poseen una ultraproteccion, en el marco contractual, debiendo asegurarse el profesional/empresario, que las condiciones insertadas en contratos suscritos con particulares, deben ser plenamente comprendidas, no podiendo insertar en dichos contratos, condiciones claramente perjudiciales para el consumidor.